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Botello & Asociados Táchira · Venezuela

Colombia · Concepto u oficio · · 7 min de lectura

Compró carro híbrido o eléctrico en Colombia: la DIAN puede devolverle el IVA, si cumple dos pasos

Quien compró un carro eléctrico o híbrido nuevo para uso personal puede recuperar el IVA pagado como pago de lo no debido, con el certificado de la UPME. Qué carros aplican, cuánto cuesta el certificado, qué revisa la DIAN y por qué la ventana de la UPME cierra el 15 de diciembre.

Norma analizada
Concepto DIAN 000673 del 16 de enero de 2026; Ley 1715 de 2014, artículos 11 y 12
Órgano
DIAN
Análisis
Lcdo. Bladimir Botello Pinzón

Qué dijo la DIAN

La Ley 1715 de 2014 da dos incentivos a la gestión eficiente de la energía, siempre que la inversión esté certificada por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME):

IncentivoNormaQué da
Exclusión de IVALey 1715 de 2014, artículo 12La compra no lleva IVA
Deducción en rentaLey 1715 de 2014, artículo 11Hasta el 50 % del valor invertido, repartido en un máximo de 15 años contados desde el año gravable siguiente a la entrada en operación, sin superar el 50 % de la renta líquida de cada año

Retomando su Concepto 013853 de 2025, la DIAN recordó en el Concepto 000673 del 16 de enero de 2026 que la compra de un vehículo eléctrico o híbrido (HEV o PHEV) por una persona natural, para uso personal, es una medida de gestión eficiente de la energía. Por eso puede acceder a ambos incentivos. El Concepto 006617 de 2026 lo mantuvo y agregó que la prenda a favor de un banco no impide los beneficios: si compró a crédito, puede pedir todo el IVA de la factura, aunque todavía deba parte del préstamo.

El punto práctico está en el orden de los pasos: la exclusión solo aplica cuando existe el certificado de la UPME. Como el concesionario factura antes de que el comprador tenga ese certificado, cobra el IVA completo. La DIAN reconoce que ese IVA puede pedirse en devolución como pago de lo no debido (Decreto 1625 de 2016, artículo 1.3.1.12.24, parágrafo 3).

Solo se devuelve el IVA. La factura de un vehículo en Colombia puede traer dos impuestos distintos:

ImpuestoTarifa¿Se devuelve por esta vía?
IVA19 % general; 5 % para vehículos eléctricos, híbridos e híbridos enchufables (Estatuto Tributario, artículo 468-1)Sí
Impuesto nacional al consumo8 %, o 16 % para automóviles, camperos y pick-up con valor FOB igual o superior a USD 30.000 (Estatuto Tributario, artículos 512-3 y 512-4). Los eléctricos no blindados están excluidos (artículo 512-5)No: la Ley 1715 solo excluye el IVA

Revise en su factura cuál línea es el IVA. El 16 % que aparece en muchas facturas de camionetas es el impuesto al consumo, no el IVA. Si su vehículo es híbrido y le cobraron IVA del 19 %, verifique con el concesionario la clasificación arancelaria y si el modelo es un híbrido completo o un híbrido ligero.

¿Le aplica?

RequisitoAplicaNo aplica
Estado del vehículoNuevo, y usted es el primer dueño (también por leasing financiero con opción de compra)Usado o de segundo dueño
TecnologíaEléctrico (BEV), híbrido completo (HEV) o híbrido enchufable (PHEV), incluido en el anexo de bienes de la UPMEMicrohíbrido o híbrido ligero de 12 o 48 voltios (MHEV)
Plazo ante la DIANHasta 5 años desde la fecha de la factura (Decreto 1625 de 2016, artículo 1.6.1.21.22). Hoy sirven las facturas de noviembre de 2021 en adelanteFactura con más de 5 años

Revise la ficha técnica antes de pagar nada. Muchos carros se venden como «híbridos» y son híbridos ligeros, que no aplican.

Son dos trámites, ante dos entidades

Paso 1. Certificado de la UPME. Se pide en línea, en el Sistema Único de Usuarios (SUU) de la UPME, con su propio usuario. La Resolución UPME 563 de 2026 abre una sola ventana al año: del 1 de febrero al 15 de diciembre. Lo que se radica fuera de esas fechas se tiene por no presentado. La UPME tiene hasta 30 días hábiles para decidir; si pide aclaraciones, el plazo se suspende hasta que usted responda.

Paso 2. Devolución ante la DIAN. Con el certificado, se pide la devolución ante la seccional de la DIAN de su domicilio, con el RUT actualizado. Según el Concepto 000673, se anexan:

  • El certificado de la UPME.
  • La relación de las facturas electrónicas del vehículo, con el IVA discriminado.
  • La certificación de que ese IVA no se pidió antes en devolución ni en compensación, ni se usó como costo, deducción o IVA descontable.

La persona natural no obligada a llevar contabilidad puede presentar la relación de facturas ella misma y reemplazar las certificaciones por una declaración juramentada en la que afirme que las facturas corresponden al vehículo certificado, que el IVA no se pidió en devolución ni en compensación y que no se trató como costo, deducción ni IVA descontable.

En la mayoría de las seccionales, incluida la de Cúcuta, la solicitud se envía por correo electrónico desde el correo registrado en el RUT; algunas grandes ciudades exigen cita. Revise el canal vigente de su seccional en dian.gov.co.

Cuánto cuesta el certificado

La tarifa de la UPME depende del valor del vehículo sin IVA, medido en UVT. Con la UVT de 2026 ($52.374):

Valor del vehículo sin IVATarifaCálculo
Menos de 275 UVT (menos de $14.402.850)1,2 UVT1,2 × $52.374 = $62.849
De 275 a menos de 826 UVT (menos de $43.260.924)3,4 UVT3,4 × $52.374 = $178.072
De 826 a menos de 1.652 UVT (menos de $86.521.848)6,7 UVT6,7 × $52.374 = $350.906
De 1.652 a menos de 3.305 UVT (menos de $173.096.070)13,4 UVT13,4 × $52.374 = $701.812
3.305 UVT o más13,4 UVT más el 0,5 % del beneficio estimado, con tope de 275 UVTSegún el caso

Se paga por PSE en la página de la UPME. No se devuelve si la UPME niega el certificado, salvo que la causa no sea atribuible al solicitante, y no sirve para otra solicitud. La UPME ofrece una calculadora de la tarifa en su página.

Un ejemplo con números

Camioneta híbrida de $120.000.000 antes de impuestos, comprada a crédito, con valor FOB menor de USD 30.000:

ConceptoCálculoValor
IVA pagado$120.000.000 × 5 %$6.000.000
Impuesto al consumo (no se devuelve)$120.000.000 × 8 %$9.600.000
Total de la factura$120.000.000 + $6.000.000 + $9.600.000$135.600.000
Valor en UVT$120.000.000 ÷ $52.3742.291 UVT (rango de 13,4 UVT)
Tarifa de la UPME13,4 × $52.374$701.812
Recuperación neta$6.000.000 − $701.812$5.298.188

Si contrata acompañamiento para el trámite, sume sus honorarios al costo y pacte por escrito qué incluye y cuándo se paga.

Qué debe revisar antes de pedirlo

Pedir una devolución pone su cédula sobre el escritorio de la DIAN. Antes de radicar:

  1. Su declaración de renta del año de la compra. Comprar el carro pudo obligarlo a declarar: uno de los topes es que las compras y consumos del año superen 1.400 UVT (Estatuto Tributario, artículo 594-3). Para 2025: 1.400 × $49.799 = $69.718.600. Si estaba obligado y no declaró, póngase al día primero.
  2. Sus deudas con la DIAN. Si tiene obligaciones vencidas, la DIAN las compensa con la devolución antes de girarle el saldo (Estatuto Tributario, artículo 861).
  3. La deducción en renta. Si declara renta, el mismo certificado le permite deducir hasta el 50 % del valor del carro, sin superar el 50 % de la renta líquida y dentro del límite conjunto de deducciones y rentas exentas de la cédula general: 40 % del ingreso neto, con un máximo de 1.340 UVT al año (Estatuto Tributario, artículo 336, numeral 3). Muchos lo dejan de lado; tampoco es un ahorro ilimitado.
  4. La fecha. Si su carro aplica, radique en la UPME antes del 15 de diciembre de 2026. Si no alcanza, la siguiente ventana abre el 1 de febrero de 2027, y el plazo de cinco años ante la DIAN sigue corriendo desde la fecha de la factura.

Cómo citar esta alerta

Botello Pinzón, B. (2026, 2 de noviembre). Compró carro híbrido o eléctrico en Colombia: la DIAN puede devolverle el IVA, si cumple dos pasos. Botello & Asociados. https://www.botelloyasociados.com/alertas/dian-devolucion-iva-vehiculos-hibridos-electricos

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Este análisis tiene carácter informativo y refleja el criterio del autor a la fecha de publicación. No constituye asesoría sobre casos concretos ni crea relación profesional.

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