Cooperativas: un año más sin ISLR, pero solo si actualizan el RIF con el certificado de la Sunacoop
Decreto N.° 5.442 (G.O. N.° 43.475 del 7 de octubre de 2026)
El Ejecutivo renovó, por un año prorrogable por igual período, la exoneración del ISLR sobre los enriquecimientos netos de fuente territorial de las asociaciones cooperativas constituidas conforme a su Ley Especial (artículo 1). Este beneficio ya se había otorgado en 2022, 2023 y 2024. Rige desde su publicación y alcanza al ejercicio fiscal en curso (artículo 8).
- No es automática: exige actualizar el RIF con el certificado de la Sunacoop (artículo 2).
- Se sigue declarando: la declaración anual del ISLR incluye lo gravado y lo exonerado (artículo 5).
- Actividades mixtas: los costos comunes se reparten en proporción (artículo 4), y las pérdidas de lo exonerado no se descuentan de lo gravado (artículo 6).
- Se pierde si la cooperativa incumple estas obligaciones o las de la Ley de ISLR, su Reglamento y demás normas aplicables (artículo 7).
Qué hacer: Actualice el RIF de la cooperativa presentando el Certificado de Cumplimiento vigente de la Sunacoop. Sin ese trámite no hay exoneración, aunque el decreto esté vigente.